¿Garantía Juvenil?

Ante las distintas consultas realizadas en el Ayuntamiento, desde la Agencia de Empleo y Desarrollo Local os informamos que…

La inscripción o renovación como demandante de empleo en un Servicio Público de Empleo implica la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si se cumplen los requisitos indicados más abajo. Solamente los nos inscritos como desempleados, han de realizar el proceso de inscripción para el que adjuntamos enlace: http://www.empleo.gob.es/ca/garantiajuvenil/darsealta.html

Garantía Juvenil

La Garantía Juvenil es una iniciativa europea que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo. En España se enmarca en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La Recomendación sobre la Garantía Juvenil establece que los jóvenes puedan recibir una oferta de empleo, de educación o formación tras haber finalizado sus estudios o quedar desempleados.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

Los jóvenes que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia. También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
  2. Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
  3. Tener más de 16 años y menos de 25, o menos de 30 años, en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, en el momento de solicitar la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Además, los mayores de 25 años y menores de 30 cuando, en el momento de solicitar la inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, la tasa de desempleo de este colectivo sea igual o superior al 20 por ciento, según la Encuesta de Población Activa correspondiente al último trimestre del año.
  4. No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  5. No haber recibido acciones educativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  6. No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
  7. Presentar una declaración expresa de tener interés en participar en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, adquiriendo un compromiso de participación activa en las actuaciones que se desarrollen en el marco de la Garantía Juvenil.

Catálogo de medidas

La Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, en la que se enmarca la Garantía Juvenil, contempla un total de 100 medidas para facilitar la inserción de los jóvenes en el mercado laboral, el fomento del espíritu emprendedor, así como la mejora de la empleabilidad. Entre ellas, incorpora algunas de importante calado que ya se encuentran en marcha desde el mes de marzo de 2013 entre las que destacan:

  • La rebaja de las cotizaciones a la Seguridad Social, con reducciones y bonificaciones de hasta el 100%, para las empresas que contraten a jóvenes menores de 30 años.
  • Programas para que los jóvenes que abandonaron sus estudios de forma prematura puedan obtener la titulación de Educación Secundaria Obligatoria.
  • La mejora de la empleabilidad de los jóvenes en situación de desempleo, a través de programas formativos con compromiso de contratación o el incentivo de los contratos formativos.
  • Y para aquellos que decidan iniciar una actividad emprendedora, se ha puesto en marcha la tarifa plana de 50 euros para autónomos, se han ampliado las posibilidades de capitalizar la prestación por desempleo y se posibilita la compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad emprendedora.

Ver todas las medidas

Incentivos a la contratación y el emprendimiento de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

En materia de apoyo a la contratación, en el marco de la Garantía Juvenil se establecen los siguientes incentivos:

1.     Contratos Formativos

Contrato para la Formación y el Aprendizaje:

El contrato presenta actualmente una bonificación del 100% de las cotizaciones para las empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para las de 250 o más trabajadores.

Además, cuenta con una bonificación de hasta el 25% por la actividad formativa, que debe ser como mínimo del 25 por ciento el primer año y del 15 por ciento el segundo y tercer año.

Contrato en Prácticas:

A través de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducción del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes para los contratos en prácticas.

Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa:

A través de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes (75% de reducción para empresas de más de 250 trabajadores y 100% para el resto) durante un máximo de 12 meses por la contratación de jóvenes desempleados menores de 30 años sin empleo anterior, con una experiencia laboral inferior a tres meses o que procedan de otro sector (recualificación profesional), y que compatibilicen empleo con formación.

Actualmente se mantienen como beneficiarios de este incentivo a las personas inscritas en el sistema Nacional de Garantía Juvenil.

2.     Trabajadores autónomos

Por medio de Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil se establecen bonificaciones para los trabajadores por cuenta propia o autónomos inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

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Author: Ayuntamiento

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